Los trabajadores formales que cuenten con contrato laboral por parte de su empleador deben gozar de la denominada prima de servicios. Este monto corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado y por supuesto, es proporcional al tiempo que la persona se encuentre vinculada en la organización. Importante aclarar que ese salario extra se divide para su pago en dos partes: mes de junio (30) y mes de diciembre (20).
De acuerdo con los expertos, el correcto manejo de ese dinero se debe relacionar con la fórmula 70-30, en el que el 70% del total recibido, debería destinarse a cumplir con gastos permanentes: Servicios públicos, matrícula de colegio/universidad, suscripción por cable, transporte, alimentación, etc, etc. El 30% restante se tendría que destinar a satisfacer gustos personales (o en conjunto si se trata de una relación sentimental) o, en su defecto, al fondo personal de ahorro.
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El consejo es que se tenga en cuenta que, si existen deudas, un 10% de los ingresos recibidos deben ser destinados a ese rubro. Aquí la importancia de ser conscientes y no establecer deudas por montos superiores a los ingresos. Ese detalle marca la diferencia en economías y finanzas sanas.
Opciones de inversión con la primera navideña
- Portafolio de activos: Si la persona busca mecanismos de ahorro efectivos, que al mismo tiempo le permita obtener márgenes de ganancia, una buena solución es el portafolio de activos, el cual le permite invertir en acciones, inmuebles, bonos, títulos de deuda pública (TES), por citar algunos ejemplos.
- Pensiones voluntarias: Mecanismo de inversión que es manejado por expertos mediante portafolios diversificados. Estos fondos ofrecen beneficios tributarios dado que el uso de ese dinero está dirigido a inversiones a largo plazo (superior a los 10 años), compra de bienes raíces o a cotizar en la misma pensión.
Esta prima puede ser vista por la persona como un dinero del cual se debe disponer sin medida. El consejo de los expertos es cautela frente a este ingreso. La planeación y análisis previo son indispensables. No comprometa su prima antes de recibirla, a menos que ya tenga cubierto los gastos permanentes y que haya cumplidos con las deudas, anteriormente citadas.