El Gobierno Nacional ha implementado una medida de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) dirigida a los hogares de bajos ingresos con el fin de brindarles un alivio económico, esta iniciativa busca apoyar a aquellos hogares más vulnerables y está enmarcada dentro de la Ley 2010 de 2019, específicamente en su artículo 21.
¿Para quienes está dirigido el programa de devolución del IVA?
La devolución del IVA estará dirigida a aquellos hogares que se encuentren registrados en el Programa de Protección Social al Adulto Mayor, conocido como Colombia Mayor. Para garantizar una adecuada selección de los beneficiarios, el Departamento Nacional de Planeación priorizará los municipios y hogares más vulnerables según las mediciones de pobreza multidimensional realizadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE).
Para saber si son beneficiarios de esta devolución, los ciudadanos deberán ingresar a la página oficial y hacer clic en el botón "consulte aquí si es beneficiario". Una vez dentro, deberán ingresar su número de cédula para que el sistema realice la respectiva consulta.
¿Cuánto dinero recibo por la devolución del IVA?
La devolución del IVA ascenderá a $76.000 pesos y se realizará cada dos meses, a través de consignación directa o pago electrónico, es importante destacar que el giro será programado en el municipio en el que el titular esté registrado en el Sisbén, por lo tanto, deberán realizar el cobro en dicho municipio.
En caso de que el beneficiario se encuentre de manera permanente en un municipio diferente al registrado en el Sisbén, deberá informar al operador correspondiente para que se habilite el cobro en el nuevo municipio. Para realizar este trámite, SuperGIROS ha habilitado un enlace en su plataforma.
¿Se pueden acumular los dineros de la devolución del IVA?
Es relevante mencionar que las devoluciones no cobradas podrán acumularse hasta por dos periodos, así que aquellas personas vulnerables que no estén vinculadas a programas sociales ni registradas en el Sisbén, podrán solicitar la encuesta Sisbén IV en las alcaldías correspondientes, ya que el gobierno nacional definirá en 2021 el mecanismo de ingreso de estos hogares al programa de devolución del IVA.
Para recibir la devolución del IVA no se requiere de intermediarios ni se deberá realizar ningún pago, además, tanto los departamentos, municipios y distritos serán priorizados para la implementación de la compensación del IVA, considerando criterios como la tasa y/o concentración de pobreza de cada entidad territorial, la población total y la cobertura de los programas sociales de asistencia a la población vulnerable.
El Departamento Nacional de Planeación (DNP) podrá establecer criterios adicionales para determinar los beneficiarios de esta compensación, teniendo en cuenta hogares en situación de pobreza y pobreza extrema registrados en el Sisbén que cumplan con el criterio de ordenamiento.
Es importante resaltar que la transferencia por concepto de compensación del IVA será independiente a los programas de asistencia a la población vulnerable y se realizará a nivel de hogar. Esto significa que un hogar beneficiario de dos o más programas sociales de asistencia no podrá obtener un doble reconocimiento de la compensación del IVA.
¿Cómo sé si soy beneficiario de la devolución del IVA?
Las entidades competentes como el Sisbén, Familias en Acción y Colombia Mayor realizarán procesos de validación para asegurar que los beneficiarios mantengan las condiciones que originaron la compensación del IVA y para garantizar la correcta entrega de los recursos.
Si deseas consultar si eres beneficiario de esta medida y obtener más información sobre la devolución del IVA, puedes acceder al portal del Departamento Nacional de Planeación (DNP) o comunicarte con el programa social al cual perteneces.
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